lunes, 21 de enero de 2019

CYBERT BULLYING

Es el uso de información electrónica y medios de comunicación tales como:
*Correo electrónico
*Redes sociales
*Blogs
*Mensajería instantánea,
* Mensajes de texto
*Teléfonos móviles 
*Websites 
 para acosar a un individuo o grupo, mediante ataques personales u otros medios. Puede constituir un delito penal.
 El ciberacoso es voluntarioso e implica un daño recurrente y repetitivo infligido a través del medio del texto electrónico este acoso pretende causar angustia emocional, preocupación, y no tiene propósito legítimo para la elección de comunicaciones. El ciberacoso puede ser tan simple como continuar mandando e-mails a alguien que ha dicho que no quiere permanecer en contacto con el remitente incluyendo amenazas, connotaciones sexuales, etiquetas peyorativas etc. 
BASTA YA DEL CIBERACOSO 

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